Nueva ley de tráfico que entra en vigor el próximo 9 de mayo

  • Visto 3242
Después de la última reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial (LTSV) Ley 18/2009 de 23 de noviembre, el pasado día 8 de abril se ha publicado en el BOE una nueva modificación de la misma, a través de la Ley 6/2014 de 7 de abril.

La entrada en vigor de esta Ley será el próximo 9 de mayo del 2014.

Los cambio son sobre todo en el ámbito sancionador en cuestiones de velocidad, drogas y alcohol, ciclistas, elementos de seguridad, detectores de radares y los cinemómetros. 

Respecto a la seguridad de los ocupantes del vehículo y conductor, se está intentado cada vez mas asemejarse a la legislación de los países de nuestro entorno y europea, incrementando el nivel de exigencia en el uso como en la instalación de sistemas de seguridad, dejando que sera el Reglamento General de Circulación el que concrete los supuestos, requisitos, forma de uso, etc. Se añade la obligación de utilizar el casco de protección a los menores de dieciséis años, independientemente donde circulen, sea por carretera o ciudad.

Respecto a los límites de velocidad, se incorporar unos nuevos límites (20 km. y 130 km.) aunque su entrada en vigor se pospone a una futura modificación del Reglamento General de Circulación.

La reforma de 2014 castiga  la mera presencia de drogas en el organismo del conductor, dejando para el tipo penal  art. 379.2 del Código Penal la sanción por la conducción bajo la influencia de drogas aumentando las multas previstas hacia este tipo de conductas, además de la consiguiente detracción de puntos.

También se castigará circular con pasajeros menores en asientos delanteros o traseros cuando no esté permitido, entre otras.

Hay que destacar la ampliación del plazo establecido para pagar o para formular alegaciones por parte del interesado en el procedimiento sancionador.

Se pasará de quince días naturales a veinte días naturales.

La Disposición Adicional Segunda de la Ley 6/2014 introduce la Directiva 2011/82/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, donde se permite el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial que se pueda cometer en otro país de la Unión, excepto el Reino Unido, Irlanda y Dinamarca.

 

Fuente: El derecho.