Adopción internacional, ¿es necesaria la formación específica?

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La mayoría de los psicólogos infantiles a lo largo de su carrera profesional emiten diferentes informes: clínicos, diagnósticos, escolares, en procesos de divorcio, en procesos judiciales para determinar la veracidad del testimonio por abusos sexuales, etc.

Llegados al punto de tener que emitir un informe para adopción internacional se tiende a pensar que si se tiene experiencia en la emisión de informes de otro tipo también se está capacitado para emitir informe en estas valoraciones. Sin embargo, la experiencia nos indica que no es así y el psicólogo que realiza un estudio psicológico para determinar la idoneidad del proyecto adoptivo de una familia debería estar formado de un modo especial.

Se da la circunstancia de que habitualmente el psicólogo suele emitir los informes para su cliente. Es decir, cuando se está valorando a un niño que está sufriendo acoso escolar, se estudia la situación que está viviendo el menor y la repercusión/daño hacia su persona, por tanto se emite un informe para él, que será encargado por sus padres o el centro escolar en la mayoría de las ocasiones, aunque otras veces pueda ser un abogado o un juez.

En otro ejemplo podemos encontrarnos con que un menor acude a consulta y sus padres nos encargan la emisión del informe de evaluación y terapia. Así, en la mayoría de los casos, la persona que encarga el informe suele estar directamente relacionada con el menor evaluado.

En Adopción Internacional sin embargo la familia que encarga el informe, solicitará una valoración de su proyecto adoptivo pero de algún modo el “cliente real” es el menor a adoptar.

¿Cómo es esto posible si ni siquiera se sabe qué niño será?

Cuando estamos valorando una familia tenemos que tener presente que los solicitantes desean ser padres por medio de la adopción internacional, pero es más importante aún tener presente que hay un menor que precisa de nosotros para que le proporcionemos la mejor familia posible.

Todo esto que en un principio parece complicado es muy sencillo de entender si atendemos siempre al INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR.

¿Tienen derecho las familias a tener un hijo o tienen los niños derecho a tener la mejor familia posible?

Lo menores procedentes de la adopción internacional, son los hijos del abandono, estos niños han experimentado al menos una vez en su vida lo que supone ser abandonado. Por si fuera poco, se encuentran en tal situación, que ni siquiera los miembros de su familia, ni ninguna otra familia de su propio país de origen quieren o pueden hacerse cargo de ellos. A veces no sólo es el abandono reiterado lo que marca a estos menores, muchas veces han vivido situaciones verdaderamente dramáticas, como haber sido víctimas de abuso, de maltrato, haber visto morir de forma violenta a alguno de sus padres....

Es nuestro deber como profesionales defender los derechos de estos niños a conseguir la mejor familia posible para ellos, por ello, cuando se realiza la valoración de una familia es importante tener presente la imagen de “ese niño adoptable” para que no se nos olvide nunca cuál es nuestro papel en este proceso.

Los psicólogos tendemos a fomentar la empatía con nuestros clientes, creamos un clima de trabajo basado en la cercanía y la comprensión, nosotros no juzgamos, y en el caso de la valoración de la idoneidad es necesario romper los esquemas habituales de trabajo y comprender que aunque parezca que el cliente es la familia, en realidad el cliente es el menor.

¿Es necesaria una formación específica? rotundamente sí. Aunque hayamos realizados diferentes informes psicológicos, la valoración del proyecto adoptivo requiere de una formación específica y además posee sus propias herramientas de trabajo, se enmarca dentro un marco legal especial que viene determinado por el país de origen de los padres y el país de procedencia del menor y pasa por unos controles y supervisiones amplios.

La adopción internacional es una especialidad en sí misma y es necesario que los profesionales que emiten sus valoraciones estén lo mejor formados posible, para garantizar que se proteja al menor y se le proporcione la mejor familia posible, que sin duda merece.

Para ello las Comunidades Autónomas proporcionan la formación específica a los profesionales que van emitir este tipo de informes, pero además deben estar plenamente informados de los cambios que se van produciendo en los diferentes países en cuanto a aperturas o cierres, cambios en los criterios de idoneidad, pruebas específicas que deben incorporarse a los informes, Entidades Colaboradoras en Adopción Internacional que ayuden en la tramitación, países que han suscrito el Convenio de la Haya y un largo etc de información que debe tenerse actualizada ya que se trata de un entorno en el que suele haber muchos cambios.

Por otro lado la valoración no es solo psicológica, en realidad se trata de un estudio psicosocial que deberá realizar un equipo formado por un psicólogo y un trabajador social. Ambos profesionales valorarán a la familia candidata y podrán emplear todas las fórmulas que consideren para efectuar bien dicho informe. Podrán proponer sesiones conjuntas, ver a los solicitantes por separador, mantener coordinación bien telefónica bien presencial, pero siempre efectuarán la entrega del informe final en una sesión conjunta donde explicarán a la familia los hallazgos tras la valoración y les darán las recomendaciones y pautas sobre la continuidad del proceso.

Los psicólogos y trabajadores sociales que elaboran este tipo de informes a su vez participan en grupos de trabajo, encuentros específicos, jornadas y talleres que les permiten estar actualizados y poner en común las inquietudes que van surgiendo a lo largo del desarrollo de este trabajo.

 

Texto: Paula Moya. Psicóloga Clínica Especialista en Psicología Clínica. Colegiada M-13.579.