¿Por qué contratar un abogado en caso de accidente de tráfico?

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¿Alguna vez se ha visto involucrado en un accidente de tráfico? Es cierto que el número de accidentes en carretera ha descendido en los últimos años a raíz, sobre todo, de las fuertes medidas de seguridad que se han implantado. También es verdad que los coches que en la actualidad se fabrican son muchos más seguros que los de antaño. Sin embargo, cualquier despiste o infracción, por mínima que sea, puede conllevar graves consecuencias. En estos casos, en los que nos toca ser las víctimas de un siniestro o colisión de forma directa o indirecta, disponer de asesoramiento legal y de unos buenos abogados especialistas en accidentes de tráfico en Madrid nos ayudará a saber cómo actuar.

Teniendo en cuenta que muy pocos sabrían decirnos qué es lo que deben hacer si se ven en medio de un accidente de tráfico, desde Abogados GH creemos que este post le puede interesar.

¿Puedo reclamar una indemnización?

Si quiere reclamar una indemnización por los daños sufridos (personales y materiales), lo más aconsejable es que contrate los servicios de unos abogados especialistas en accidentes de tráfico en Madrid. La presencia de los letrados y la de un procurador resultarán imprescindibles cuando el accidente suponga un delito contra la seguridad vial. Es decir, conducción temeraria, bajo los efectos del alcohol, etc.

Para solicitar esa indemnización existen dos vías. La extrajudicial, en la que se negocia con la compañía aseguradora; y la judicial, cuando el siniestro constituye un delito o falta (vía penal), o cuando la compañía de seguros no ofrece una indemnización adecuada (vía civil).

En estos supuestos, nuestros letrados podrán ayudarle a interponer la denuncia correspondiente o la demanda en la que se reclamará la cantidad que se considere oportuna. La cantidad a percibir dependerá de dos factores: del tipo del daño que le hayan causado, bien personal o material, y del alcance del mismo.

¿Hay accidentes sin indemnización?

Cuando la causa del accidente es de fuerza mayor los lesionados se pueden quedar sin ella. Nos referimos a los ocasionados por unas condiciones meteorológicas adversas (terremotos, terrorismo, enfermedad que no ha sido diagnosticada…). Todas estas circunstancias libran de responsabilidad al conductor, tal y como se viene recogido en el artículo 1, punto 1 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

Para más información, no dude en consultarnos. Y recuerde, cuando vamos en carretera es importante llevar los cinco sentidos en alerta.