¿Legal o no? En principio, desde Abogados GH debemos decir que este tipo de cláusulas no son contrarias a la ley. Pero, ¿qué ocurre cuando éstas tienen un carácter abusivo y han sido firmadas sin que la entidad haya informado de su existencia? La polémica que se había levantado en torno a este asunto se zanjó el 9 de mayo de 2013. Ese día el Tribunal Supremo declaró en una sentencia lo abusivo de estas cláusulas que, en la mayoría de los casos, no cumplían con los criterios de transparencia.
Tal y como dictó en su día el Tribunal Supremo y más tarde, los Juzgados de Instancia, las Audiencias Provinciales y el Tribunal Superior de Justicia, estas disposiciones carecen de validez legal. Los bancos y cajas están obligados siempre a explicar a los solicitantes las condiciones de la hipoteca de una forma clara y entendible.
Recientemente, el pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo ha vuelto a ratificar lo que ordenó en su día, resaltando esta vez el efecto restitutorio de las cantidades ya abonadas en virtud de las cláusulas suelo declaradas nulas por la falta de transparencia. El cual se producirá desde la fecha en que se publicó esa sentencia de la propia Sala, es decir, desde el 9 de mayo de 2013.
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